miércoles, 30 de enero de 2013

Se publicarán las instrucciones de jornada 2013 en la Comunidad de Madrid


Tras breve negociación, primera propuesta a las 11:00 horas y segunda a las 12:30, sin entrega de documentación previa, la Comunidad de Madrid informó a los representantes de los trabajadores de las Instrucciones del Director General de Función Pública, de 29 de enero de 2013, materia de jornada de los Empleados Públicos durante el año 2013.

Principales novedades.

            La jornada tendrá un promedio de 37 horas y 30 minutos,

              o 1.680 horas/año en 224 jornadas.
              o 1.673 horas/año en 239 jornadas.
              o Nocturna 1.500 horas/año en 150 jornadas.
  •   Los cuadrantes de los trabajadores a turnos o guardias, deberán adecuarse a las Instrucciones en el plazo de 15 días, igual para el caso de acumulación de créditos horarios.

  •   Se podrán disfrutar de manera individualizada hasta 5 días de vacaciones por año.

  •   “No se perderán” días de vacaciones por encontrarse en IT, riesgo durante lactancia, riesgo durante embarazo o maternidad o paternidad o lactancia acumulada, pudiendo disfrutar los “días perdidos” en fecha distinta. 


    Incapacidad Temporal y ausencias por enfermedad. 



    o En caso de recaída de una misma patología, no se considerará como día primero de IT el primero de cada uno de los períodos, sino que continuará el cómputo del plazo a partir del último día de baja del período de IT anterior.

    o Se considerará circunstancia excepcional y no se procederá a descuento de haberes los supuestos de IT que impliquen intervención quirúrgica u hospitalización, incluido cuando la intervención quirúrgica u hospitalización tengan lugar en un momento posterior, siempre que corresponda a un mismo proceso patológico y no haya existido interrupción en el mismo.

    o Serán intervenciones quirúrgicas, las derivadas de tratamientos recogidos en la cartera básica de los servicios del Sistema Nacional de Salud.

    o Serán circunstancias excepcionales los tratamientos de radioterapia o quimioterapia.

    o Serán circunstancias excepcionales los que tengan inicio durante el estado de gestación, aun cuando no den lugar a una situación de riesgo durante el embarazo o de riesgo durante la lactancia.

    o Las circunstancias excepcionales deberán acreditarse mediante justificante médico en el plazo de 20 días. 


    Ausencia por enfermedad que no dé lugar a IT

    o No será de aplicación el descuento en nómina a cuatro días a lo largo del año natural de ausencia por razón de enfermedad o accidente que no dé lugar a IT, de los cuatro días, sólo tres podrán tener lugar en días consecutivos. 



El comercio se desploma ante el bajo consumo de los funcionarios



El comercio minorista se desploma en diciembre, tras la retirada de la paga extra a los empleados públicos

La retirada de la paga extra de Navidad al colectivo de empleados públicos ha repercutido de manera negativa sobre las ventas comerciales y por extensión en el conjunto de la economía del país, como ha venido denunciando la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F) sindicato más representativo en las Administraciones Públicasa lo largo de los últimos meses.

Según los datos publicados hoy por el INE, las ventas en el comercio minorista se desplomaron un 10,2 en el último mes del año, respecto a diciembre de 2011,en casi dos puntos y medio la caída interanual de noviembre (-7,8%) y encadenando así 30 meses de descensos consecutivos.

Estos datos siguen la estela del informe recientemente publicado por el Banco de España, según el cual la economía española intensificó su caída en el cuarto trimestre de 2012 y se contrajo un 1,3 por ciento en el conjunto del año.


CSI-F considera que los empleados públicos han pagado el peaje de los objetivos del déficit marcados por el Gobierno, a través de una medida tan injusta y arbitraria como la retirada de la paga extra de Navidad, decisión que ha sido recurrida, tanto a nivel administrativo como en los juzgados de lo social, en el caso del personal laboral.


En este sentido, si se finalmente se relajan los objetivos del déficit, tal y como apuntó ayer el Vicepresidente de la Comisión Y responsable de Asuntos Economicos, Olli Rehn, las diferentes administraciones deberán compensar a los empleados públicos, en un tiempo razonable, si se confirman los signos de estabilización. 

  

sábado, 26 de enero de 2013

Paga Extra

Que no se diga que los funcionarios no estamos dispuestos a negociar, podemos cambiar nuestra paga extra por un pequeño sobrecillo....


martes, 22 de enero de 2013

Recortes empleados Comunidad de Madrid


El Gobierno Regional de la Comunidad de Madrid recorta los derechos sociales de los Empleados Públicos mediante la aplicación del Artículo 21 de la Ley 7/ 2012 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, mediante la suspensión de la aplicación de cualquier pacto, acuerdo o convenio que contemple acción social para los empleados públicos de la Comunidad de Madrid, a excepción de los referidos a préstamos, anticipos y gastos de transporte:
  • -  Indemnización por jubilación anticipada.
  • -  Ayuda para disminuidos a cargo.
  • -  Ayuda por estudios.
  • -  Ayuda por nacimiento, adopción y cuidado de hijos.
  • -  Ayudas por ascendientes a cargo del trabajador.
  • -  Indemnizaciones por incapacidad permanente y muerte.
  • -  Prestaciones asistenciales: ortodoncias, aparatos, ópticos ......
La política de recortes del Gobierno Regional, no justifica la supresión de derechos sociales con profundo calado social como es la atención de hijos disminuidos, personas en situación de dependencia o indemnizaciones cuando un trabajador en acto de servicio deja de pertenecer a la Administración de la Comunidad de Madrid.
CSI-F le pide al gobierno regional que reflexione sobre estas medidas y convoque urgentemente la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos para tratar este asunto, así como la regulación de la jornada de los empleados al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid. 

jueves, 17 de enero de 2013

Restitución Paga Extra


Los sindicatos interponen el recurso administrativo para la restitución de la paga extraordinaria de diciembre de los funcionarios de la Administración General del Estado.

Mañana, día 18 de enero de 2013, los Sindicatos CCOO, UGT, CSIF, USO junto con GESTHA y UCESHA en su ámbito, interponen, de forma colectiva, el recurso administrativo, para la restitución de la paga extraordinaria de diciembre de 2012, suprimida mediante el Real Decreto Ley 20/2102, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

La interposición del recurso, planteado en cada ámbito ministerial, además de en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, solicita la nulidad de las previsiones contenidas en el mencionado Real Decreto Ley relativas a la eliminación de la paga extraordinaria de diciembre del conjunto de los funcionarios adscritos a la Administración General del Estado y, subsidiariamente, el reintegro de las cantidades devengadas y no desembolsadas que se habían generado en el momento de la publicación y entrada en vigor de dicha norma de rango legal, calculada en 45 días.

Si bien el recurso se plantea de forma colectiva por representantes sindicales de cada ámbito departamental, se interpone, asimismo, y en caso de que no se estime la anterior comparecencia, en el propio nombre y derecho de cada representante sindical, al objeto de promover una decisión que, en cualquier caso, permita la continuidad de acciones colectivas o individuales, a la vista del procedimiento impuesto unilateralmente por el gobierno a través de una norma de rango legal. Esta última circunstancia implicaría la petición de la extensión de la decisión administrativa, en su caso, con las consecuencias derivadas para el recurrente. Las Organizaciones sindicales han optado por esta vía de cara a evitar los altos costes que supondrían a los funcionarios otro tipo de procedimiento jurídico.

Las Organizaciones sindicales en breve promoverán Conflictos colectivos en todos los Convenios del ámbito de la Administración General del Estado de cara a conseguir la nulidad del Real Decreto relativo a la eliminación de la paga extraordinaria de diciembre y, subsidiariamente, el reintegro de las cantidades devengadas y no desembolsadas que se habían generado en el momento de la publicación y entrada en vigor de dicha norma de rango legal, calculada en 45 días, al igual que en el caso del personal funcionario.

De esta forma, los sindicatos presentes en el ámbito de la Administración General del Estado, promovemos la necesaria defensa de los derechos de las empleadas y empleados públicos mediante la exigencia de restitución de lo que consideramos un derecho laboral consolidado, en la convicción de que la labor de los mismos sustenta el fundamento de los servicios públicos que están siendo sustraídos al conjunto de la sociedad.

Una vez presentados los recursos indicados, que deberán interponerse, asimismo, en los distintos organismos públicos, vinculados o dependientes de la Administración General del Estado, seguiremos vigilantes a las decisiones administrativas al objeto de considerar la continuidad de la defensa del conjunto de empleadas y empleados públicos ante los tribunales contencioso-administrativos.

miércoles, 16 de enero de 2013

Csif y la Administración Local


CSI-F ADMINISTRACIÓN LOCAL PIDE AL GOBIERNO REGIONAL QUE HAGA UN ERE CON LOS POLÍTICOS NO ELECTOS


EL RECORTE EN LOS AYUNTAMIENTOS POR LOS CARGOS DE CONFIANZA Y ASESORES AYUDARÍA A MANTENER EL COSTE DE LA BESCAM

EL GOBIERNO DE LA COMUNIDAD PONDRÍA DE MANIFIESTO SU IRRESPONSABILIDAD SI INCUMPLE EL CONVENIO FIRMADO CON LOS AYUNTAMIENTOS

Ante las noticias sobre la grave situación que se les viene encima a los Ayuntamientos de la Región (111 Municipios) que tienen en sus plantillas a agentes de la BESCAM, CSI-F, Administración Local, pide al Presidente Ignacio González que ponga en marcha un ERE con los políticos que no han sido elegidos por los ciudadanos, es decir que se prescinda en los Ayuntamientos y en la Administración Autonómica de los Cargos de confianza y de los Asesores.

El ahorro de esta partida ayudaría a aliviar el coste que se pide a los Ayuntamientos, pero sobre todo sería ejemplarizante de cara a la ciudadanía a la que ya no se le pueden pedir más sacrificios.

Creadas en 2006 por un afán de protagonismo de la anterior Presidenta Esperanza Aguirre, que ansiaba presumir de una policía autónoma, sabiendo que el Estatuto de Autonomía no se lo permitía, opera en 111 municipios y el acuerdo firmado obliga a la Comunidad a abonar los salarios de estos Agentes hasta 2018. El Consejero Victoria les ha informado que este año sólo abonarán el 50% del salario y el otro 50% lo tendrán que sacar los Ayuntamientos de sus ya maltrechas arcas.

Lo alcaldes ya han amenazado con acudir a los Tribunales por incumplimiento del acuerdo firmado, sin importarles que irían contra su propio partido, según las información que publica EL MUNDO. CSI-F Administración Local ya alertó en su día los posibles peligros que la creación de la BESCAM podría traer, pero también es cierto que los Policías de la BESCAM, no tienen porqué sufrir las consecuencias de una mala decisión. Ellos aprobaron su oposición, realizan el trabajo que tienen encomendado en materia de seguridad ciudadana en sus municipios y por tanto deben recibir su salario correspondiente.

La irresponsabilidad del Gobierno autonómico parece no tener límite: Educación, Justicia, Sanidad y ahora Seguridad. Cómo se puede pedir a la ciudadanía que cumplan y respeten las decisiones que toman, si ellos son los primeros que se saltan a la torera ya no sólo las promesas electorales, sino hasta los propios acuerdos firmados que les obligan por ley.

Los agentes de la BESCAM se sabe dónde trabajan y lo que hacen, la legión de Asesores y Cargos de Confianza, no. Además, incrementan y casi siempre de modo escandaloso,  el capítulo 1.

CSI-F Administración Local pide a la Comunidad que cumpla con lo que firma y asuma el coste de la BESCAM hasta el 2018. Que ponga en marcha un ERE con estos políticos que no han pasado por las urnas y, que de una vez por todas, se implante la Ley de Transparencia.

Por la Justicia

MANIFESTACIÓN ESTATAL DE TRABAJADORES, PROFESIONALES, Y CIUDADANOS EN DEFENSA DEL SERVICIO PÚBLICO DE LA JUSTICIA


DÍA 19 DE ENERO DE 2013, A LAS 12 HORAS, DESDE CIBELES Al MINISTERIO DE JUSTICIA (C/ San Bernardo 45)


Los sindicatos representativos de la Administración de Justicia, CSIF, CCOO,STAJ Y UGT con el apoyo de la PLATAFORMA JUSTICIA PARA TODOS, convocan manifestación el próximo 19 de enero, sábado, a las 12 horas, desde Cibeles al Ministerio de Justicia, contra la Ley de Tasas Judiciales, contra la privatización del Registro Civil y en defensa del Servicio Público de la Justicia.


La manifestación se convoca para defender los derechos de ciudadanos a los que las recientes medidas aprobadas por el Gobierno les supone la imposibilidad de acudir a los Tribunales a defender sus legítimos derechos,porque el acceso a la jurisdicción a partir de ahora va a estar vetado para la inmensa mayoría, limitando de forma muy grave sus derechos fundamentales.



A la Ley de Tasas aprobada por el Gobierno, que establece la eliminación de la tutela judicial efectiva, y que tiene una amplísima mayoría de ciudadanos, profesionales y trabajadores de la Justicia en contra, se une el anteproyecto de privatización del registro civil que supone la eliminación de un derecho constitucional porque, a partir de su aprobación,  el Gobierno opta por entregar derechos fundamentales de ciudadanos y trabajadores a intereses privados de grupos afines, porque los máximos responsables de la Dirección de Registros y del Notariado son registradores, así como el mismo Presidente del Gobierno.



La necesaria modernización de la Administración de Justicia necesita menos imposición, menos recortes, más medios, más acuerdos y negociación. Exigimos al Gobierno que inicie un diálogo constructivo con todos los afectados por estas gravísimas reformas, que escuche la voz de los colectivos afectados y retire  de las reformas los efectos perversos que dichas normas tienen en la ciudadanía. Que modifique todos los aspectos que eliminan de golpe el derecho fundamental de acudir en condiciones de igualdad, como marca la Constitución, a un Servicio Público fundamental como es la Administración de Justicia a defender sus legítimos derechos.


Al final de la manifestación se entregarán miles de firmas contra la ley de Tasas Judiciales y contra los proyectos del Ministerio de Justicia que pretenden acabar con el servicio público de la justicia.


PORQUE SIN JUSTICIA NO HAY DERECHOS


miércoles, 9 de enero de 2013

Absentismo de los Empleados Públicos


Las diferencia en el absentismo entre el sector público y privado ya era mínima el año pasado

Las medidas del Gobierno contra el absentismo están injustificadas

El porcentaje de absentismo en el sector público a lo largo del último trimestre fue del 1,75 por ciento, respecto al 1,76 del sector privado, según datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística.

Para la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F), sindicato más representativo en las Administraciones Públicas, estos datos demuestran que las recientes medias impulsadas por el Gobierno están injustificadas y absolutamente fuera de lugar y reclama que se elimine esta penalización. De hecho, en el mismo periodo del año pasado (segundo trimestre de 2011) la diferencia entre ambos sectores ya era mínima, en concreto, 2,09 por ciento en el sector público respecto al 2,04 del privado.

La instrucción de Jornada y Horarios, publicada el pasado 29 de diciembre, penaliza con reducción de retribuciones las situaciones de baja que no comporten incapacidad temporal (las enfermedades leves, como catarros o lesiones que no requieren baja médica). CSI-F entiende que esta orden es una nueva vuelta de tuerca sobre los derechos de los empleados públicos y contribuye a difundir la idea falsa de que el absentismo es mayor en la administración. Por otra parte, las medidas sobre la incapacidad temporal, entraron en vigor el 15 de octubre. Los datos del INE desmontan esta tesis y evidencian que las ausencias al trabajo por enfermedad, accidente o incapacidad temporal son muy similares en ambos sectores. Además, el descenso en el absentismo se debe fundamentalmente a la situación económica que atraviesa el país. Por otra parte, es preciso llamar la atención en que los nuevos criterios del Gobierno van a dar lugar a situaciones indeseadas, dado que por no perder dinero de su nómina, empleados públicos como médicos, policías, o profesores van a acudir a su puesto de trabajo en condiciones físicas mermadas o, por ejemplo, con los síntomas de un catarro, como fiebre o malestar.

Según CSI-F, las administraciones tienen instrumentos para perseguir a aquellas personas que de manera injustificada se ausentan del trabajo y por tanto, no es necesario que vuelvan a pagar justos por pecadores. En este sentido, CSI-F propondrá el impulso de criterios objetivos para evaluar la productividad de los empleados públicos, así como un nuevo plan de reordenación de empleo, en el marco de la futura reforma de la Administración Pública que prepara el Gobierno.

Desempleo en Madrid


NOTA INFORMATIVA
Mes
Aumento / Disminución
Personas desempleadas
ENERO
+  22.756
511.465
FEBRERO
+  14.909
526.374
MARZO
+   4.501
530.875
ABRIL
+     442
531.317
MAYO
-   1.577
529.740
JUNIO
-   8.494
521.246
JULIO
+   1.175
522.421
AGOSTO
+  4.840
527.261
SEPTIEMBRE
+ 9.196
536.457
OCTUBRE
+12.897
549.354
Noviembre
+ 4.408
553.762
Diciembre
- 9.278
544.484










Evolución del paro registrado en la comunidad de madrid AÑO 2012
en 2012 Madrid ha aumentado las listas de paro EN 55.775 personas-11,41%  

Reforma de las Administraciones


El Gobierno incorpora a los sindicatos a la reforma de las Administraciones, tras la petición de CSI-F

El Gobierno ha incorporado a los sindicatos a la Comisión asesora sobre la futura reforma de las Administraciones Públicas, tras la petición formal realizada por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F), sindicato más representativo en el sector.

El presidente del sindicato, Miguel Borra, mantuvo una reunión el pasado 28 de diciembre con los subsecretarios del Ministerio de la Presidencia y de Hacienda y Administraciones Públicas, en el Palacio de la Moncloa. En esa reunión se señaló la necesidad de que los agentes sociales estuvieran presentes en la citada comisión para todos aquellos asuntos relacionados con el personal. En este sentido, CSI-F se felicita de la constitución de esta Comisión y espera que se traduzca en hechos concretos que permitan mejorar las condiciones y dignificar el empleo de los trabajadores de la Administración, eliminar duplicidades e ineficiencias y al mismo tiempo preservar la calidad de los servicios que reciben los ciudadanos.

CSI-F espera que la comisión no se quede en un gesto y advierte de que los empleados públicos no van a asistir como convidados de piedra a la reforma de las Administraciones Públicas. Por tanto, reclama que se constituya lo antes posible, con un calendario y unas líneas de trabajo que, entre otros aspectos, deberían incluir la mejora de las condiciones, la profesionalización y la productividad de los empleados y empleadas públicas.

CSI-F cree que se debe aprovechar esta reforma para impulsar, de una vez por todas, un Pacto de Estado en el ámbito de las Administraciones Públicas, que pase página a los recortes que han sufrido durante los últimos años los trabajadores de este sector y se les compense en un periodo de tiempo razonable, cuando las circunstancias económicas lo permitan.


sábado, 5 de enero de 2013

Sumando Esfuerzos, Diciembre

Ya está disponible para todos vosotros la revista de CSIF, Sumando Esfuerzos.




EDITORIAL
No a los recortes. Sí a la negociación.

CSI-F UNIÓN AUTONÓMICA DE MADRID
Crisis financiera, crisis de financiación, crisis para el sindicalismo español
El tiempo, la jornada y los jornaleros

SECTOR ADMINISTRACIÓN CENTRAL Y SEGURIDAD SOCIAL
Tiempos de incertidumbre

SECTOR ADMINIS GENERAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Las bibliotecas públicas de la comunidad de madrid en la encrucijada
Personas al servicio de personas

SECTOR ADMINISTRACIÓN LOCAL
Falta política de personal en el Ayuntamiento de Madrid

SECTOR AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Reflexiones sobre lo que sucede

SECTOR INSTITUCIONES PENITENCIARIAS
Algo más que recortes

SECTOR CORREOS
Echando la vista atrás

SECTOR JUSTICIA
Justicia, ¡que injusticia!

SECTOR ENSEÑANZA
Recortes en la Enseñanza Pública

SECTOR SANIDAD
Préstamos de Navidad

SECTOR PRIVADA
¡A bailar!

viernes, 4 de enero de 2013

LEY 8/2012 Comunidad de Madrid

Publicada la Ley
 
LEY 8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas
 
Por la cual, entre otras medidas se traspasan las bibliotecas de la Comunidad de Madrid (ver BOCM 29 diciembre 2012)
 
 Destacamos así, el Título VI "Medidas de racionalización del sector público"

Capítulo I "Régimen de transferencia de competencias y servicios entre la Comunidad de Madrid y la Ciudad de Madrid"

Artículo 54
Objeto y ámbito de aplicación
1. El presente Capítulo de esta ley tiene por objeto la transferencia de competencias y servicios entre la Comunidad de Madrid y la Ciudad de Madrid, en el marco del proceso de eliminación de duplicidades desarrollado por ambas Administraciones, así como establecer el régimen jurídico de aplicación al proceso y regular el procedimiento para que sea efectivo, en los ámbitos materiales de servicios sociales, cultura, deporte, juventud, sanidad, protección civil y emergencias, educación, vivienda, empleo y en todos aquellos en los que exista acuerdo entre ambas Administraciones Públicas.
2. Por acuerdo de ambas Administraciones, y en el seno de la Comisión Bilateral regulada en el artículo siguiente, se fijarán en cada caso las competencias y servicios específicos objeto de transferencia, las facultades concretas que se transfieren en cada materia, así como los plazos de ejecución del proceso.
3. El proceso de transferencia se desarrollará de acuerdo con lo previsto en la presente ley y, supletoriamente, por lo dispuesto en las Leyes de la Comunidad de Madrid 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local, y 3/2003, de 11 de marzo, para el desarrollo del Pacto Local.

Artículo 55
Órganos y procedimiento
1. Se crea la Comisión Bilateral de transferencias de competencias y servicios Comunidad de Madrid-Ayuntamiento de Madrid, con objeto de impulsar el proceso de transferencia previsto en esta ley y en la Ley 3/2003, de 11 de marzo, para el desarrollo del Pacto Local. Dicha Comisión estará integrada por seis miembros, tres representantes de la Comunidad de Madrid y tres representantes designados por la Ciudad de Madrid, correspondiendo su Presidencia al Consejero competente en materia de régimen local. La Comisión Bilateral se regirá por lo dispuesto en este artículo y, en lo no previsto enel mismo, por el artículo 17 de la Ley 3/2003, de 11 de marzo, para el desarrollo del PactoLocal, y el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, siempreque resulten aplicables a su naturaleza.
2. Los acuerdos de la Comisión Bilateral, que requieren el consenso entre los representantes de la Comunidad deMadrid y de la Ciudad deMadrid, adoptarán la forma de propuestas al Gobierno de la Comunidad de Madrid o a la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid para su elevación al Pleno, que podrán aprobarlos mediante decreto o acuerdo plenario, respectivamente.
3. Los decretos y acuerdos de traspasos, que serán publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, harán efectiva la transferencia de servicios y deberán contener los extremos establecidos en la normativa de aplicación, las facultades concretas que se transfieren en cada materia y la fecha de efectos de la transferencia realizada.

Artículo 56
Recursos humanos
1. El personal funcionario y laboral traspasado se integrará como personal propio de la Administración receptora.
2. La Administración de destino respetará las condiciones laborales y económicas del personal traspasado hasta su homologación a las vigentes. Hasta dicho momento, el personal transferido continuará percibiendo sus retribuciones por los mismos conceptos y cuantías reconocidos por la de procedencia. El proceso de homologación de las condiciones laborales y económicas culminará con la definitiva integración de dicho personal en la relación de puestos de trabajo y plantilla presupuestaria en la Administración de destino con la adecuación retributiva que corresponda en cada caso, de acuerdo con las tablas salariales y normativa vigentes en la misma.
3. Los atrasos e indemnizaciones devengados con anterioridad a la fecha efectiva del traspaso o aquellos derechos económicos que les sean reconocidos judicialmente y cuyo hecho causante se hubiese producido con anterioridad a dicha fecha serán con cargo a la Administración de origen.
4. A los funcionarios de carrera transferidos les será de aplicación lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y pasarán a encontrarse en situación de servicio activo en la Administración receptora, siendo declarados por la de origen en la situación de servicio en otras Administraciones Públicas. El personal laboral fijo transferido será declarado por la Administración de procedencia en la situación de excedencia voluntaria.
5. Los empleados transferidos conservarán su condición de personal de su Administración de origen y el derecho a participar en las convocatorias para la provisión de puestos de trabajo que se efectúen por esta última en igualdad de condiciones con el resto de su personal propio. El tiempo de servicio en la Administración de destino se les computará como de servicio activo en su cuerpo, escala o categoría profesional de origen.

 Por otra parte, a destacar para el personal funcionario y laboral:

 "se regula en la Comunidad de Madrid el nombramiento de funcionarios interinosno docentes con jornada de trabajo a tiempo parcial."
 
 y  

"se facilita que los empleados públicos puedan reducir su jornada voluntariamente
sin exigir la concurrencia de ninguna circunstancia particular."